Devolución del IVA, cómo consultar, qué hacer para cobrarlo, montos y requisitos

Indice

¿Qué es la devolución del IVA?

El Gobierno ha puesto en marcha varias estrategias para solucionar las dificultades económicas causadas por la pandemia del coronavirus Covid-19, una de ellas es la devolución del IVA, que en marzo llegará a dos millones de hogares, que están incluidos en la base de datos del Departamento Nacional de Planeación (DNP).

Se trata de una ayuda económica, como el Ingreso Solidario, que hace parte de la lista de ayudas que el Gobierno Nacional destina a los hogares menos favorecidos del país.

Devolución del IVA

Así el Departamento de la Prosperidad Social reinicia el programa de devolución del IVA para millones de familias de bajos ingresos en el país que no hacen parte de otras ayudas del Gobierno Nacional como Familias en Acción, Ingreso Solidario, Protección al Adulto Mayor, entre otros.

A partir de marzo de 2021, casi dos millones de familias comenzarán a recibir el IVA de varios productos de la canasta familiar para este año 2021. Esta devolución o entrega será bimestral como parte de la estrategia para mitigar la crisis económica del país.

Según el Departamento de Prosperidad Social:

Para enfrentar los efectos de la emergencia causada por el coronavirus, el Gobierno adelantó esta medida que busca proteger y mejorar la capacidad de consumo (…) Consiste en que las familias de menores ingresos reciban recursos que alivien el impacto del impuesto que grava el consumo de productos y servicios de las personas más vulnerables. Estamos promoviendo la equidad en los hogares más vulnerables

¿Quiénes son los beneficiarios de esta devolución de IVA?

La base de datos de beneficiarios del Departamento Nacional de Planeación (DNP) tiene como objetivo mejorar la capacidad de consumo y aliviar las dificultades de las familias con menos recursos económicos. Los colombianos favorecidas son las personas más vulnerables y que se encuentran actualmente en situación de pobreza. En total son casi dos millones de familias los beneficiarios de esta devolución de IVA

¿Qué hacer para poder cobrar la Devolución del IVA? Requisitos

Para poder acceder a este cobro bimensual del IVA es importante saber que no se debe pagar nada ni inscribirse en ningún lado. Las personas beneficiarias beneficiaros fueron sacados de las diferentes bases de datos oficiales como la del Departamente Nacional de Planeación quien además dispone de la página de la Devolución del IVA para que cualquier ciudadano colombiano pueda consultarsi es beneficiario o no. Actualmente dicha entidad se encuentra “en el proceso de identificación de nuevos beneficiarios”.

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El DPS se encarga de escoger a los beneficiarios de esta Devolución del IVA. El único requisito para que las familias pobres y vulnerables del país estén incluidas en este programa, es que no sean parte de otros programas de ayuda del Gobierno Colombiano. No existen inscripciones y no se debe pagar un solo peso para ser incluido.

Según la pagina web de la Devolución del IVA:

Prosperidad Social es el único medio oficial que informará los puntos de cobro y las fechas en que podrá acceder a la Transferencia Monetaria. Una vez inicien los pagos, los podrá consultar AQUÍ

El año pasado, 2020, durante el principio de la pandemia del COVID-19, aproximadamente un millón de hogares recibieron la Devolución del IVA. Como hemos apuntado más arriba, este año este 2021 lo más posible es que ascienda a los dos millones de familias.

¿Cómo se puede consultar si soy beneficiario de la devolución del IVA?

El procedimiento para poder consultar si se es beneficiario de la devolución del IVA en Colombia es sencillo. Primeramente se debe ingresar al sitio web www.devolucioniva.dnp.gov.co para generar una búsqueda rápida.

  1. Hay que dar clic en el botón azul que dice “Consulte aquí si es beneficiario”.
  2. El sistema desplegará un espacio el que poder introducir el número de documento y debe marcarse la casilla de verificación que dice “No soy un robot”. A continuación, hay que dar clic en el botón azul que dice “buscar”.
  3. Después preguntará si está seguro de consultar ese número de documento, entonces click en aceptar. En la parte inferior de donde se ha introducido el documento aparecerá la respuesta.

Monto de la Devolución del IVA

Las familias beneficiadas con este programa del Gobierno Nacional recibirán $76.000 pesos colombianos en el plazo de cada dos meses, iniciando este mes de marzo de 2021. Este monto será entregado cada dos meses hasta completar cinco pagos.

Según la directora de Prosperidad Social, Susana Correa:

“Con este nuevo millón de beneficiarios completamos 2 millones de hogares, generando un impacto estimado del 7,1 % en pobreza extrema y 3,3 % en pobreza monetaria”

Para este segundo año de pandemia se devolverán cerca de 912.000 millones de pesos a esas dos millones de familias en todo el país.

Monto de la Devolución del IVA

No es necesario llenar ningún tipo de formulario o solicitud para recibir la Devolución del IVA. Prosperidad Social, en la página de Devolución del IVA, tiene publicados los beneficiaros del programa. Si en 2020 recibió el beneficio, revise si este año sigue incluido, ya que se han actualizado los beneficiarios.

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La DIAN es la encargada de devolver este dinero a los contribuyentes

¿Cuándo es la fecha límite para la devolución del IVA?

A los contribuyentes que no sean calificados de riesgo alto, se les autorizará la devolución dentro de los 15 días siguientes a la fecha de solicitud de devolución presentada.

¿Qué suministros están sujetos al IVA?

El IVA colombiano es un impuesto basado en el método del valor añadido. El IVA se debe pagar en:

  • la venta de bienes muebles e inmuebles tangibles ubicados en Colombia, que no estén expresamente excluidos
  • la prestación de servicios dentro del territorio colombiano y la prestación de servicios desde el extranjero
  • la importación de bienes muebles corporales que no estén expresamente excluidos
  • la venta o explotación de servicios de juegos de azar y apuestas (excluida la lotería)
  • la enajenación o cesión de derechos sobre bienes inmateriales únicamente asociados a la propiedad industrial.

A efectos del IVA, el concepto de “venta” imponible incluye

  • todos los actos que impliquen la transmisión de la propiedad de bienes corporales muebles e inmuebles (a título gratuito u oneroso), así como la cesión de bienes inmateriales asociados a la propiedad industrial, con independencia de la denominación que se dé al acuerdo
  • la incorporación de bienes muebles corporales a bienes inmuebles o servicios no gravados, así como la transformación de bienes gravados en bienes no gravados, cuando sean creados, fabricados, elaborados por la parte que ejerce la transformación
  • la retirada de bienes muebles por parte del propietario para uso o consumo personal o para formar parte del inmovilizado de la empresa.

En el sistema del IVA, el impuesto se recauda en cada etapa del proceso de fabricación y distribución de forma no acumulativa. La acumulación del impuesto se evita mediante la deducción del IVA facturado a la entidad. La entidad debe liquidar el IVA sobre el importe total facturado en cada período impositivo, pero tiene derecho a recuperar el IVA soportado facturado a la entidad durante el mismo período.

Si en algún período impositivo el crédito por el IVA soportado es superior al importe del IVA adeudado sobre la producción, la entidad no tiene derecho a la devolución (a menos que el IVA soportado esté relacionado con las exportaciones, con los bienes exentos producidos o que se trate de una retención de IVA). En su lugar, el exceso de IVA soportado se acredita contra futuras obligaciones de IVA.

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